Articulo 98 Función Publi...-Derogada-

Articulo 98 Función Publica de Asturias -Derogada-

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Artículo 98.

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Se producirá el cese del personal eventual por decisión libre de la autoridad que haya efectuado el nombramiento o por renuncia del interesado. En todo caso el cese de autoridad es que hayan conferido nombramientos de personal eventual producirá automáticamente el de quienes hayan sido nombrados por las mismas con el indicado carácter.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986