Articulo 98 Educación de La Mancha
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Artículo 98. Orientación.

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En esta etapa educativa se reforzará la orientación educativa y profesional con el fin de favorecer las decisiones del alumnado en relación con su proceso de formación, la incorporación o permanencia en el mundo laboral y el ejercicio de la ciudadanía democrática.

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  • Texto Original. Publicado el 28-07-2010 en vigor desde 17-08-2010