Articulo 97 TR. Ley de Urbanismo
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»Artículo 97. Objeto.
Vigente
La norma técnica de planeamiento tendrá por objeto unificar los criterios técnicos para la elaboración de los documentos de planeamiento urbanístico estandarizando la cartografía de utilidad urbanística, la terminología y los conceptos urbanísticos generales, con la finalidad de reducir el grado de discrecionalidad en su interpretación y de facilitar su integración en los sistemas de información territorial y urbanística de Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-2014 en vigor desde 20-11-2014