Articulo 97 Texto único de preceptos legales vigentes en materia de función pública
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»Artículo 97. Especificidades de los permisos por lactancia, guarda legal, maternidad, adopción y acogimiento, y para cuidar a personas en situación de dependencia.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (97 (se deroga)) por LEY 8/2006, de 5 de julio, de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Cataluña.
(DOGC de 13-07-2006) en vigor desde 14-07-2006 - Modificación realizada (97) por LEY 6/2002, de 25 de abril, de medidas relativas a la conciliacion del trabajo con la vida familiar del personal de las administraciones publicas catalanas y de modificacion de los articulos 96 y 97 del Decreto legislativo 1/1997.
(DOGC de 30-04-2002) en vigor desde 01-05-2002 - Modificación realizada (97 (apdos. 6, 7, 7 bis y 7 ter, se añaden)) por LEY 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(DOGC de 31-12-2001) en vigor desde 01-01-2002 - Artículo modificado por LEY 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas.
(DOGC de 29-05-2000) en vigor desde 30-05-2000