Articulo 97 Reglamento del Ministerio Fiscal
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»Artículo 97. Otros permisos por causas justificadas.
Vigente
También se autorizarán permisos por las siguientes causas, previa justificación de los motivos que las originan:
a) Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, de un día.
b) Para concurrir a exámenes y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en Centros Oficiales, durante los días de su celebración.
c) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.
d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral.