Articulo 97 Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias
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»Artículo 97. Competencias ejecutivas.
Vigente
En el ámbito de sus competencias ejecutivas, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias:
a) La función ejecutiva, que incluye, en todo caso, la potestad de organización de su propia administración, así como las potestades de inspección y de sanción y, en general, todas aquellas funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la Administración Pública.
b) La potestad reglamentaria, que comprende la aprobación de reglamentos internos de organización de los servicios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-11-2018 en vigor desde 06-11-2018