Articulo 97 Patrimonio de Galicia -Parcialmente derogada-
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»Artículo 97. Principios de gestión.
Vigente
1. En la gestión de los edificios administrativos serán observados los principios de eficacia, eficiencia, racionalización y sostenibilidad, procurando la optimización de las inversiones y evaluando, en cada actuación, la incidencia o impacto que su implantación podría generar en el desarrollo urbano y la calidad de los servicios a prestar.
2. La planificación global e integrada de los programas de actuación destinados a satisfacer las necesidades de inmuebles destinados a usos administrativos y el establecimiento de criterios generales y uniformes de asignación y utilización de espacios corresponderán a la consejería competente en materia de patrimonio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2011 en vigor desde 24-11-2011