Articulo 97 Medidas Fisca...os Propios

Articulo 97 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 97. Sujeto pasivo.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Son sujetos pasivos de la tasa las personas y entidades a que se refiere el artículo 13 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón que soliciten la inscripción, modificación o información que constituyen el hecho imponible.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006