Articulo 97 Juego y prevención de la ludopatía
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Artículo 97. Especialidades de cada pago trimestral

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1. Primer pago trimestral:

a) La base imponible es el importe de los ingresos netos obtenidos desde el comienzo del año hasta el 31 de marzo del período impositivo que esté en curso.

b) La exigibilidad se produce durante el mes de abril del período impositivo que esté en curso.

2. Segundo pago trimestral:

a) La base imponible es el importe de los ingresos netos obtenidos desde el comienzo del año hasta el 30 de junio del período impositivo que esté en curso.

b) La cuota líquida del segundo pago trimestral se reducirá en el importe ingresado del primer pago trimestral.

c) La exigibilidad se produce durante el mes de julio del período impositivo que esté en curso.

3. Tercer pago trimestral:

a) La base imponible es el importe de los ingresos netos obtenidos desde el comienzo del año hasta el 30 de septiembre del período impositivo que esté en curso.

b) La cuota líquida del tercer pago trimestral se reducirá en la suma de los importes ingresados en el primer y segundo pago trimestral.

c) La exigibilidad se produce durante el mes de octubre del período impositivo que esté en curso.

4. Cuarto pago trimestral:

a) La base imponible es el importe de los ingresos netos obtenidos desde el comienzo del año hasta el 31 de diciembre del período impositivo que esté en curso.

b) La cuota líquida del cuarto pago trimestral se reducirá en la suma de los importes ingresados en los tres pagos trimestrales anteriores.

c) La exigibilidad se produce durante el mes de enero siguiente al fin del período impositivo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-06-2020 en vigor desde 16-06-2020