Articulo 97 Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 97. Procedimiento sancionador.
Vigente
El procedimiento sancionador se determinará reglamentariamente de acuerdo con lo establecido en la normativa sobre procedimiento administrativo común.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2021 en vigor desde 12-07-2022