Articulo 96 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria
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»Artículo 96. Planes supramunicipales.
Vigente
Los Planes Generales de Ordenación Urbana que comprendan el término de varios Municipios serán formulados de común acuerdo y recibirán la aprobación de los respectivos Ayuntamientos. Los trámites de información pública se anunciarán asimismo en todos los Ayuntamientos implicados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2022 en vigor desde 22-09-2022