Articulo 96 Medidas tributarias 2008 Aragón
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»Artículo 96. -Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la instrucción del expediente de inscripción o modificación, así como la prestación de cualquier información que conste en los Registros de Asociaciones, de Fundaciones, de Colegios Profesionales yConsejos de Colegios de Aragón, gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.