Articulo 96 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2009 de la Generalitat
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»Artículo 96
Vigente
Se modifica el párrafo segundo, del artículo 12, de la Ley 11/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Comunidades de Valencianos en el Exterior, que queda redactado como sigue:
«El Consejo de Centros Valencianos en el Exterior se reunirá en sesión ordinaria, una vez cada dos años, con la previa convocatoria del presidente».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 01-01-2010