Articulo 96 Medidas fisca...de Galicia

Articulo 96 Medidas fiscales y administrativas 2014 de Galicia

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Artículo 96. Régimen transitorio

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Se añade una disposición transitoria segunda a la Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera, con el siguiente contenido.

D.T. 2ª

En 2020 deben cumplirse los límites de equilibrio o superávit estructural y de deuda pública.

Hasta el citado año será de aplicación el régimen transitorio establecido en las normas de estabilidad presupuestaria .

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2014 en vigor desde 01-01-2015