Articulo 96 Juego y prevención de la ludopatía
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Articulo 96 Juego y prevención de la ludopatía

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Artículo 96. Cuota líquida

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En el caso de partidas de póquer organizadas en los casinos de juego o sus salas apéndice, la cuota líquida será el resultado de aplicar sobre la cuota íntegra una bonificación del 60 por ciento de parte proporcional de la cuota íntegra que corresponda a dichas partidas, siempre que ser cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la partida tenga la consideración de competición, torneo o similar.

b) Que las personas participantes en el juego paguen una entrada o buy-in.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-06-2020 en vigor desde 16-06-2020