Articulo 95 TR de las ley... naturales

Articulo 95 TR. de las leyes de ordenación del territorio y de espacios naturales

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Artículo 95. Delimitación de las unidades de actuación.

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La alteración de la delimitación de las unidades de actuación requerirá la modificación del planeamiento de ordenación urbanística que las haya establecido.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-05-2000 en vigor desde 15-05-2000