Articulo 95 TR del Estatu...s Públicas

Articulo 95 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

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Artículo 95.

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La selección del personal contratado en régimen laboral se efectuará mediante convocatoria pública y a través de pruebas basadas en los principios de mérito y capacidad.

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  • Texto Original. Publicado el 01-09-1993 en vigor desde 01-09-1993