Articulo 95 Caza de Galicia

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Artículo 95. Ejecutividad de la resolución sancionadora

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1. Contra las resoluciones sancionadoras podrán interponerse los recursos previstos en la legislación vigente.

2. La resolución será ejecutiva cuando ponga fin a la vía administrativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-2014 en vigor desde 28-01-2014