Articulo 95 Carta Municipal de Barcelona
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Artículo 95.

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Las ordenanzas municipales deben regular los mecanismos necesarios para controlar y sancionar a los propietarios o usuarios de vehículos a motor que hagan un uso indebido de las señales acústicas, emitan humos o produzcan ruidos molestos con sus vehículos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-1999 en vigor desde 28-01-1999