Articulo 94 Turismo de Galicia
Artículo 94. Fomento del turismo.
La Administración de la Xunta de Galicia elaborará programas para potenciar la oferta turística gallega, a través de medidas de fomento que permitan conseguir, entre otros, los siguientes objetivos:
Impulsar el turismo como medio de desarrollo de los valores propios de la cultura e identidad gallega, mediante la puesta en valor del patrimonio turístico gallego, con la revitalización de las costumbres, fiestas y tradiciones populares y demás recursos turísticos, con la restauración del patrimonio cultural y con la preservación y potenciación del medio natural. A estos efectos, la Administración de la Xunta de Galicia otorgará preferencia a los proyectos y acciones en aquellos municipios que adoptasen medidas tendentes a la conservación, potenciación y puesta en valor de su patrimonio cultural y natural.
Diversificar la oferta turística, con el impulso de su segmentación mediante el apoyo al desarrollo:
Del turismo rural y de interior, como sectores turísticos alternativos de calidad, con el fomento de la rehabilitación y conservación de la riqueza del patrimonio cultural del ámbito rural y también de sus atractivos medioambientales, así como con la realización de actividades de turismo activo en este ámbito.
Del turismo de costa, al aprovechar la cantidad y pluralidad de la oferta turística gallega vinculada a este sector, y con el fomento de la preservación de la calidad de las aguas y playas gallegas, así como del paisaje y el medio litoral.
Del turismo cultural, con el aprovechamiento de la importante riqueza cultural de Galicia y con el fomento de su conservación y puesta en valor.
De los caminos de Santiago.
Del turismo gastronómico y enológico.
Del turismo de reuniones.
Del turismo náutico y marinero.
Del turismo termal y la talasoterapia.
Del turismo deportivo vinculado con actividades de contacto con la naturaleza, como senderismo, golf, escalada, rafting, cicloturismo, esquí, hípica y otros.
Del turismo ecológico.
De cualquier otro segmento emergente en el marco de la continua evolución y de los cambios del mercado turístico.
Modernizar y profesionalizar el sector turístico y sus infraestructuras, para estimular y mejorar la calidad y competitividad de la oferta turística, mediante las siguientes acciones:
Impulsar las agrupaciones de empresas y las actuaciones empresariales conjuntas que posibiliten la mejora de la productividad mediante la disminución de costes, la prestación de servicios en común u otras acciones análogas.
Apoyar la modernización y mejora de las infraestructuras de las empresas a través de la renovación y dotación de sus instalaciones, introducción de nuevos equipamientos o sustitución de los ya obsoletos e implantación de servicios complementarios en sus ofertas turísticas, así como el fomento de la elevación de la categoría de los establecimientos turísticos.
Incentivar el crecimiento selectivo y cualitativo de la oferta turística y adecuarla a la demanda del mercado, como medida para mejorar su competitividad.
Contribuir a la realización de actividades consistentes en la elaboración de estudios, estadísticas, publicaciones e investigaciones sobre el sector turístico que promuevan su mejora.
Potenciar las actuaciones de las entidades locales en materia de turismo relativas a la rehabilitación y dotación de infraestructuras, equipamientos o servicios de interés turístico.
Promover especialmente los programas de iniciativa pública o privada tendentes a proteger el medio natural de las zonas turísticas y a garantizar la sostenibilidad del desarrollo turístico, así como los que favorezcan la desestacionalización de la oferta turística.
- Texto Original. Publicado el 11-11-2011 en vigor desde 11-12-2011