Articulo 94 Plan de Ordenación del Litoral
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 94. Relación con el planeamiento municipal vigente.
Vigente
Conforme a lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de Ordenación del territorio de Galicia, el planeamiento municipal queda modificado, sin perjuicio de su adaptación al Plan de Ordenación del Litoral, en los términos contenidos en este título.