Articulo 94 Patrimonio de Cantabria
Articulo 94 Patrimonio de Cantabria

Articulo 94 Patrimonio de Cantabria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 94. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La afectación determina la vinculación de los bienes y derechos a un uso general o a un servicio público, y su consiguiente integración en el dominio público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2006 en vigor desde 28-04-2006