Articulo 94 Patrimonio de Cantabria
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»Artículo 94. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público.
Vigente
La afectación determina la vinculación de los bienes y derechos a un uso general o a un servicio público, y su consiguiente integración en el dominio público.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-04-2006 en vigor desde 28-04-2006