Articulo 94 Función Publi...-Derogada-

Articulo 94 Función Publica de Asturias -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 94.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La graduación de las faltas y sanciones se determinará ponderando las siguientes circunstancias:

a) Intencionalidad.

b) Perturbación del servicio.

c) Atentado a la dignidad del administrado, del funcionario o de la Administración.

d) Daño causado.

e) Reiteración o reincidencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986