Articulo 93 TR del Estatu...s Públicas

Articulo 93 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

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Artículo 93.

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El personal contratado en régimen administrativo se regirá por las disposiciones que se dicten reglamentariamente y por lo establecido en el correspondiente contrato.

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  • Texto Original. Publicado el 01-09-1993 en vigor desde 01-09-1993