Articulo 93 Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales
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»Artículo 93. Recursos.
Vigente
Contra las resoluciones por las que se acuerden o denieguen vacaciones, permisos y licencias de los Secretarios Judiciales, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-01-2006 en vigor desde 21-01-2006