Articulo 93 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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Articulo 93 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-

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Artículo 93. De la Comisión Consultiva de Festejos Taurinos Tradicionales (Bous al Carrer) de la Comunitat Valenciana

Vigente

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Bajo la presidencia de la persona titular de la consellería competente en materia de espectáculos, la Comisión Consultiva de Festejos Taurinos Tradicionales (Bous al Carrer) de la Comunitat Valenciana tendrá como función principal el asesoramiento a los órganos de la Generalitat en materia de espectáculos y festejos taurinos.

Este órgano consultivo realizará sus funciones de manera independiente y sin perjuicio de las competencias correspondientes a la Comisión de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunitat Valenciana.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015