Articulo 93 Reglamento de desarrollo y ejecución de determinados aspectos de la Ley de puertos
Artículo 93. Caducidad
Son causas de caducidad de las autorizaciones y concesiones las siguientes:
a) Cuando no se inicien las obras, se paralicen o no se terminen de forma injustificada, con incumplimiento de los plazos establecidos en el título.
b) Desarrollo de actividades sustancialmente distintas a las previstas en el título.
c) Falta de utilización o actividad durante un año en el caso de autorizaciones y de seis meses en el caso de concesiones, sin que exista causa justifica da.
d) El impago del canon o tasas en plazo superior a un año.
e) Ocupación de espacios portuarios no previstos en la concesión, en más de un 10% sobre lo autorizado.
f) Aumento del volumen, altura o superficie construida en más de un 10% sobre lo autorizado.
g) Transferencia de la concesión o cesión a un tercero de su uso total o parcial, sin autorización de Ports de les Illes Balears.
h) La no constitución de las fianzas o garantías, o insuficiencia de éstas, previo requerimiento de Ports de les Illes Balears.
i) Incumplimiento de otras condiciones cuya inobservancia esté expresa mente prevista, en el título, como causa de caducidad.
- Texto Original. Publicado el 22-02-2011 en vigor desde 23-02-2011