Articulo 93 Normas comune...idad Aérea

Articulo 93 Normas comunes en el ámbito de la aviación civil y creación de una Agencia Europea para la Seguridad Aérea

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Artículo 93. Aplicación de la iniciativa de Cielo Único Europeo

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Cuando cuente con los conocimientos especializados pertinentes y previa solicitud, la Agencia prestará asistencia técnica a la Comisión en la aplicación de la iniciativa de Cielo Único Europeo, en particular mediante:

a)

la realización de inspecciones e investigaciones técnicas y estudios;

b)

la contribución, en los asuntos objeto del presente Reglamento, en cooperación con el órgano de evaluación del rendimiento previsto en el artículo 11 del Reglamento (CE) n.º 549/2004, a la aplicación de un sistema de rendimiento relacionado con los servicios de navegación y funciones de la red aérea;

c)

la contribución a la aplicación del Plan maestro de GTA, incluido el desarrollo y el despliegue del programa SESAR.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-08-2018 en vigor desde 11-09-2018