Articulo 93 Función pública de Extremadura
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»Artículo 93. Colaboración y cooperación con otras entidades.
Vigente
Con la finalidad de conseguir la plena integración de las personas con discapacidad en el empleo público de Extremadura, se podrán firmar acuerdos con organizaciones, asociaciones o entidades cuya actividad consista en la promoción y defensa de las personas con discapacidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 10-04-2016