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Articulo 93 Función pública de Extremadura

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Artículo 93. Colaboración y cooperación con otras entidades.

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Con la finalidad de conseguir la plena integración de las personas con discapacidad en el empleo público de Extremadura, se podrán firmar acuerdos con organizaciones, asociaciones o entidades cuya actividad consista en la promoción y defensa de las personas con discapacidad.

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  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 10-04-2016