Articulo 93 ciencia

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Artículo 93. Funciones

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El Consejo del Mecenazgo en Investigación, Desarrollo e Innovación de Cataluña ejerce las siguientes funciones:

a) Asesorar a la Administración de la Generalitat en materia de mecenazgo en investigación, desarrollo e innovación.

b) Hacer propuestas para mantener actualizada la política de mecenazgo en investigación, desarrollo e innovación y alineada con la de los países con fuerte contribución privada en este ámbito.

c) Proponer actividades prioritarias de mecenazgo en investigación, desarrollo e innovación.

d) Hacer propuestas para expandir las acciones de mecenazgo a los agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación del sector público a nivel internacional, y asesorar sobre los mecanismos para hacerlas efectivas.

e) Facilitar información telemática actualizada sobre el establecimiento, modificación o supresión de los beneficios fiscales del mecenazgo en investigación, desarrollo e innovación.

f) Emitir informes a petición de las entidades beneficiarias, y también de acuerdo con el artículo 90.3.

g) Redactar una guía de las condiciones razonables de los convenios de colaboración y valorar, si procede, si las condiciones específicas que se establezcan se ajustan a las mismas.

h) Velar por la colaboración del Consejo con otras entidades públicas o privadas para la elaboración y ejecución de actuaciones y convenios de mecenazgo.

i) Asesorar y orientar a las personas y entidades que quieren hacer aportaciones de mecenazgo en investigación, desarrollo e innovación en Cataluña.

j) Asesorar y orientar a las entidades demandantes de mecenazgo y facilitarles contactos con mecenas, micromecenas y otros colaboradores privados; ofrecer mecanismos para potenciar su capacidad de atracción de mecenazgo, y, si procede, proponer la incorporación de mecenas en sus órganos de gobierno o asesoramiento.

k) Velar por el reconocimiento social de la condición de mecenas.

l) Velar por la transparencia y, si procede, la difusión de las acciones de mecenazgo en beneficio del sistema de investigación, desarrollo e innovación.

m) Promover y llevar a cabo campañas en favor del mecenazgo en investigación, desarrollo e innovación.

n) Las demás funciones que le atribuya el Gobierno.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2022 en vigor desde 12-01-2023