Articulo 93 Actividades con Incidencia Ambiental
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»Artículo 93. Procedimiento.
Vigente
Las sanciones correspondientes se impondrán previa instrucción del correspondiente procedimiento y de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.