Articulo 92 TR. Ley reguladora de los residuos
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»Artículo 92. Personas autoras
Vigente
Son responsables en concepto de autor o autora aquellas personas que han cometido directamente o inmediatamente el hecho infractor, y también aquéllas que han impartido las instrucciones u órdenes necesarias para cometerlo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-07-2009 en vigor desde 29-07-2009