Articulo 92 Reglamento de...a Vivienda

Articulo 92 Reglamento de Protección Pública a la Vivienda

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Artículo 92. Solicitud de reconocimiento de las subvenciones personales.

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1. La presentación de la solicitud se efectuará siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  1. Los promotores individuales para uso propio, una vez obtenida la calificación definitiva.

  2. Los adquirentes y adjudicatarios cuando, concluidas las obras y obtenida la calificación definitiva, hayan formalizado la escritura de compraventa o adjudicación.

2. El plazo máximo para solicitar el reconocimiento de las subvenciones personales será de doce meses desde la formalización de la escritura, o desde la calificación definitiva en el supuesto de promotores individuales para uso propio.

3. El interesado deberá presentar instancia según modelo normalizado, acompañando la siguiente documentación:

  1. Original de la copia autorizada e inscrita de la escritura, y dos fotocopias para su cotejo, que acredite la titularidad de la vivienda objeto de las ayudas, en la que deberá constar su inscripción en el Registro de la Propiedad con las cláusulas obligatorias.

  2. Certificado de empadronamiento en la vivienda objeto de las ayudas.

  3. Datos bancarios en modelo normalizado, para el ingreso de la subvención.

  4. Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones fiscales y, en el supuesto de que los beneficiarios obtengan rendimientos procedentes de actividades empresariales o profesionales, además, justificación del cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.

    No obstante, cuando, dentro del marco de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y otras Administraciones, y en la medida en que así se establezca, el órgano competente pueda disponer de la información tributaria o económica legalmente exigible, no se requerirá a los interesados la aportación individual de certificaciones expedidas por las mismas.

  5. Justificación de haber formalizado el préstamo específico de los Planes de Vivienda y Suelo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-05-2007 en vigor desde 22-08-2007