Articulo 92 Principios ge... turística

Articulo 92 Principios generales y directrices de coordinación en materia turística

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Artículo 92. Categorías

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1. De acuerdo con el artículo 39 de la Ley 8/2012, los hoteles, hoteles de ciudad y hoteles apartamento se clasifican en cinco categorías identificadas por una, dos, tres, cuatro y cinco estrellas.

Las categorías de tres y cuatro estrellas pueden tener, además, la cualificación de superior y la categoría de cinco estrellas, la cualificación de gran lujo.

2. De acuerdo con el artículo 42 de la Ley 8/2012, los apartamentos turísticos se clasifican en cuatro categorías, identificadas por una, dos, tres y cuatro llaves.

Las categorías de tres y cuatro llaves pueden tener, además, la cualificación de superior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2015 en vigor desde 19-04-2015