Articulo 92 Medidas fiscales, financieras y administrativas
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Artículo 92. Modificación de la Ley 8/2012 (Reserva Nacional de Caza de Alt Pallars - Arán)

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1. Se modifican los párrafos primero y segundo del preámbulo de la Ley 8/2012, de 25 de junio, de modificación de los límites y la denominación de la Reserva Nacional de Caza de Alt Pallars - Arán, que quedan redactados del siguiente modo.

«Esta ley es fruto de la iniciativa legislativa ejercida por el Consejo General de Arán y por el Ayuntamiento de La Vall de Boí con el Consejo Comarcal de la Alta Ribagorça, y recoge la voluntad manifiesta de los municipios de Naut Aran y de La Vall de Boí de que se excluya su término de la Reserva Nacional de Caza de Alt Pallars - Arán.

»Así pues, el objeto de la presente ley es, por un lado, la exclusión de los términos municipales de Naut Aran y de La Vall de Boí de la Reserva Nacional de Caza de Alt Pallars - Arán, y, por el otro, la creación de la Reserva Nacional de Caza de La Vall de Boí.»

2. Se añade un nuevo artículo, el 3, a la Ley 8/2012, con el siguiente texto:

«Artículo 3. Creación de la Reserva Nacional de Caza de La Vall de Boí

Se crea la Reserva Nacional de Caza de La Vall de Boí, con los límites fijados por el Orden del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, de 22 de julio de 1996, por la que se amplía la Reserva Nacional de Caza de Alt Pallars - Arán, y que corresponden al término municipal de La Vall de Boí.»

3. Se modifica la letra c del anexo de la Ley 8/2012, que queda redactada del siguiente modo:

«c) Afectaciones en el límite sur de la Reserva

»El límite sur de la Reserva Nacional de Caza de Alt Pallars - Arán que describe el anexo de la Ley del Estado 37/1966 queda afectado por la exclusión de los términos municipales de Naut Aran y de La Vall de Boí. El límite de los términos excluidos tiene la siguiente descripción:

»Delimitado por el límite administrativo entre la comarca de la Alta Ribagorça y Aran, desde el Tuc des Estanhets hasta el Gran Tuc de Colomèrs; así como por el límite administrativo entre la comarca del Pallars Sobirà y Arán, desde el Gran Tuc de Colomèrs hasta el puerto de Ratera. Y también los límites fijados por la Orden del DAAM, de 22 de julio de 1996, por la que se amplía la Reserva Nacional de Caza de Alt Pallars - Arán, y correspondientes a La Vall de Boí.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-03-2015 en vigor desde 14-03-2015