Articulo 92 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Articulo 92 Medidas 1996 ...den Social

Articulo 92 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 92. Asistencia al gran inválido.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El artículo 139.4, párrafo 2, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, queda redactado en los siguientes términos:

«A petición del gran inválido o de sus representantes legales podrá autorizarse, siempre que se considere conveniente en beneficio del mismo, la sustitución del incremento a que se refiere el párrafo anterior por su alojamiento y cuidado en régimen de internado en una institución asistencial pública del Sistema de la Seguridad Social, financiada con cargo a sus presupuestos.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1996 en vigor desde 01-01-1997