Articulo 92 Hacienda y Sector Público
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Artículo 92. Estructura de los presupuestos.

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La Consejería de Hacienda determinará la estructura de los presupuestos generales de la Comunidad y de sus anexos de acuerdo con lo establecido en esta Ley y teniendo en cuenta la organización del sector público autonómico, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos, así como las finalidades y los objetivos que con estos últimos se pretendan conseguir.

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  • Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006