Articulo 92 Función pública de La Rioja
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»Artículo 92. Provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal laboral.
Vigente
La provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal laboral se realizará de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto Básico del Empleado Público.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-05-2023 en vigor desde 08-08-2023