Articulo 92 Función pública de La Rioja

Articulo 92 Función pública de La Rioja

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 92. Provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal laboral.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal laboral se realizará de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto Básico del Empleado Público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-05-2023 en vigor desde 08-08-2023