Articulo 92 Comercio interior de Galicia
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Artículo 92. Concepto y condiciones.

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1. La actividad comercial en régimen de franquicia es aquella que se lleva a cabo en virtud de un acuerdo o contrato por el que una empresa, denominada franquiciadora, cede a otra, denominada franquiciada, el derecho a la explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios.

2. (Derogado)

3. (Derogado)

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