Articulo 91 Medidas tributarias 2008 Aragón
Artículo 91.-Tarifas.
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas.
Tarifa 01. Por solicitud de autorizaciones administrativas y otras inspecciones.
1. Solicitud de autorización provisional de apertura al público, cambio de ubicación, modificación de la capacidad asistencial o de tipología de centros de servicios sociales especializados:
-Centros sociales con internamiento 309,14 euros.
-Centros sociales sin internamiento 154,57 euros.
2. Solicitud de autorización definitiva de funcionamiento, de cierre de centro (en los supuestos que proceda) y otras inspecciones a instancia de parte:
-En centros sociales con o sin internamiento 96,47 euros.
Tarifa 02. Por la inscripción el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de acción social.
-Inscripción de Entidades de acción social y servicios sociales comunitarios: 19,29 euros.
-Inscripción de cambios de titularidad de centros y servicios sociales y otras anotaciones registrales siempre que deriven de actividades no incluidas en otros apartados: 19,29 euros.
Tarifa 03. Por visado de documentos (Reglamento de Régimen interior, tarifas y otros) y valoración de proyectos básicos y de ejecución.
-Primer visado de documentos o valoración de proyectos básicos y de ejecución: 19,29 euros.
-Visado o diligencia posterior por modificaciones realizadas a iniciativa de la entidad titular del establecimiento: 3,83 euros.