Articulo 91 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
Artículo 91.- Tarifas.
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas.
Tarifa 01. Por solicitud de autorizaciones administrativas y otras inspecciones.
1. Solicitud de autorización provisional de apertura al público, cambio de ubicación, modificación de la capacidad asistencial o de tipología de centros de servicios sociales especializados:
- Centros sociales con internamiento: 347,65 euros.
- Centros sociales sin internamiento: 173,82 euros.
2. Solicitud de autorización definitiva de funcionamiento, de cierre de centro (en los supuestos que proceda) y otras inspecciones a instancia de parte:
- En centros sociales con o sin internamiento: 108,48 euros.
Tarifa 02. Por la inscripción el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de acción social.
- Inscripción de entidades de acción social y servicios sociales comunitarios: 21,37 euros.
- Inscripción de cambios de titularidad de centros y servicios sociales y otras anotaciones registrales siempre que deriven de actividades no incluidas en otros apartados: 21,69uros.
Tarifa 03. Por visado de documentos (reglamento de régimen interior, tarifas y otros) y valoración de proyectos básicos y de ejecución.
- Primer visado de documentos o valoración de proyectos básicos y de ejecución: 21,69 euros.
- Visado o diligencia posterior por modificaciones realizadas a iniciativa de la entidad titular del establecimiento: 4,31 euros.
Tarifa 04. Por solicitud de revisión de la valoración de la situación de dependencia reconocida: 30,45 euros.
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014