Articulo 91 Educación de Andalucía
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 91. Consejo Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores.
Vigente
1. Se crea el Consejo Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores como órgano colegiado de consulta y asesora-miento de la Administración educativa y de participación en relación con estas enseñanzas.
2. El Consejo Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores queda adscrito a la Consejería competente en materia de educación, y tendrá la composición, funciones y régimen de funcionamiento que se determinen reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2007 en vigor desde 25-01-2008