Articulo 91 Cooperativas de Euskadi -Vigente-
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Artículo 91.- Causas de disolución.

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Serán causas de disolución de la cooperativa:

1.- El cumplimiento del término fijado en los estatutos.

2.- La conclusión del objeto social o la imposibilidad manifiesta de realizarlo.

3.- La paralización o inactividad de los órganos sociales o la interrupción sin causa justificada de la actividad cooperativa, en ambos casos durante dos años consecutivos.

4.- La reducción del número de personas socias por debajo del mínimo legalmente necesario para constituir la cooperativa, si se mantiene durante más de doce meses.

5.- La reducción del capital social a una cantidad inferior a la cifra de capital social mínimo establecido en los estatutos, sin que se restablezca en el plazo de doce meses.

6.- La fusión o la escisión total.

7.- La apertura de la fase de liquidación de la cooperativa en el procedimiento concursal.

8.- El acuerdo de la asamblea general, adoptado por la mayoría prevista en el artículo 38.2.

9.- Cualquier otra causa establecida en las leyes o en los estatutos sociales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 29-01-2020