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Articulo 90 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 90. Elementos de identificación externa

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Los únicos elementos de identificación externa son la placa, la tarjeta profesional y los escudos previstos en el anexo 1 de este reglamento.

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  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019