Articulo 90 Politica Agraria y Alimentaria
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 90. Asociaciones de industrias agrarias y alimentarias de Euskadi.
Vigente
Se entiende por asociaciones de industrias agrarias y alimentarias de Euskadi aquellas asociaciones formadas por industrias agrarias y alimentarias de un determinado sector.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2015, de 11 de junio, de modificación de la Ley 17/2008, de Política Agraria y Alimentaria.
(BOPV de 17-06-2015) en vigor desde 18-06-2015