Articulo 90 Ordenación de... Urbanismo

Articulo 90 Ordenación del Territorio y Urbanismo

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Artículo 90. Clases de suelo.

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A los efectos de esta Ley Foral, el suelo se clasificará en urbano, urbanizable o no urbanizable.

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  • Texto Original. Publicado el 27-12-2002 en vigor desde 27-03-2003