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Articulo 90 Medidas fiscales, administrativas y de ordenación

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Artículo 90. Contenido y vigencia de la ordenación provisional

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Uno. La ordenación provisional que se proponga para el ámbito afectado deberá ser coincidente con la prevista para ese ámbito en el instrumento de ordenación anulado y, en su caso, en sus instrumentos de desarrollo, en los términos previstos en los artículos siguientes. Solo se podrán realizar las modificaciones que sean necesarias para adaptar la regulación al contenido de las sentencias judiciales que se refieran al ámbito afectado, a lo exigido por la legislación sectorial de acuerdo con los informes recaídos en el procedimiento y al resultado de la información pública practicada y de la tramitación ambiental realizada. Igualmente, podrán realizarse las modificaciones que permitan asignar usos globales adecuados para implantar nuevas dotaciones y equipamientos, públicos o privados, o para implantar nuevas actividades económicas, empresariales o productivas, sustituyendo el uso residencial por el uso industrial, terciario o comercial.

No será necesaria la adaptación de los instrumentos de ordenación provisional a la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y será de aplicación en todo caso esta, de acuerdo con lo dispuesto en sus disposiciones transitorias, según la fecha de aprobación definitiva del instrumento de ordenación anulado y la legislación a la que este esté adaptado, circunstancia que se indicará expresamente en la ordenación provisional.

Dos. La ordenación provisional, una vez aprobada, sin perjuicio de la posibilidad de su modificación por los procedimientos de modificación del plan establecidos en la Ley del suelo, estará en vigor hasta que se sustituya por la prevista en el nuevo instrumento de ordenación para ese ámbito o, en su caso, hasta que transcurra cualquiera de los plazos señalados en el artículo 87 de la presente ley sin cumplirse los trámites previstos en el citado artículo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-02-2017 en vigor desde 10-02-2017