Articulo 90 General de pr...o ambiente

Articulo 90 General de protección del medio ambiente

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Artículo 90. Garantías de obligaciones ambientales.

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Las Administraciones públicas podrán exigir, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales y en el marco de sus competencias específicas, la constitución de fianzas u otras garantías en cantidad suficiente a tal fin.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-1998 en vigor desde 27-06-1998