Articulo 90 General de Hacienda Publica

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Artículo 90. Reconocimiento de la obligación y propuesta de pago.

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1. El reconocimiento de la obligación es el acto mediante el que se declara la existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública Autonómica, derivado de un gasto aprobado y comprometido, y comporta la propuesta de pago correspondiente.

2. El reconocimiento de obligaciones con cargo a la Hacienda Pública autonómica se producirá previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor de conformidad con los acuerdos que en su día aprobaron y comprometieron el gasto.

3. El titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, a propuesta de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, determinará los documentos y requisitos que, conforme a cada tipo de gastos, justifiquen el reconocimiento de la obligación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-04-2007 en vigor desde 28-08-2007