Articulo 90 Garantía de I...ión Social

Articulo 90 Garantía de Ingresos e Inclusión Social

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Artículo 90.- Fuentes de financiación.

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El Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social se financiará con cargo a:

a) Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Los presupuestos generales de los territorios históricos.

c) Los presupuestos de los ayuntamientos.

d) Cualquier otra aportación económica amparada en el ordenamiento jurídico que vaya destinada a tal fin.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2008 en vigor desde 01-01-2009